El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden PJC/654/2026, de 29 de junio de 2026, que da luz verde a la segunda prórroga del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de la fabricación de vehículos de motor. La medida queda activada de nuevo desde el 1 de julio de 2026 y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026.
La decisión llega cuando el sector sigue inmerso en una transformación industrial profunda, con cambios tecnológicos y productivos que, según el texto oficial, todavía generan necesidades de recualificación y de adaptación de la plantilla. La prórroga permite que las empresas que cumplan los requisitos sigan solicitando reducciones temporales de jornada o suspensiones de contratos.
Qué publica exactamente el BOE
La orden que da publicidad al acuerdo del Consejo de Ministros confirma que la vigencia del mecanismo sectorial se amplía después de haberse agotado casi por completo el primer periodo anual y la primera prórroga. El BOE sitúa el origen de la medida en el acuerdo de 23 de diciembre de 2024, publicado con la Orden PJC/1472/2024, y recuerda que la primera prórroga se formalizó con la Orden PJC/1545/2025.
En este nuevo acuerdo, el Gobierno señala que el trámite de información a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas se realizó el 23 de junio de 2026 antes de llevar la prórroga al Consejo de Ministros el 29 de junio de 2026.
Qué empresas pueden acogerse
El texto mantiene los mismos requisitos que el acuerdo original. En la práctica, pueden solicitar las medidas las empresas del sector de fabricación de vehículos de motor y las compañías integradas en su cadena de valor que encajen en los códigos CNAE previstos en el marco de 2024.
- empresas del sector con la clasificación CNAE-09 prevista en el acuerdo inicial;
- empresas de la cadena de valor con actividad vinculada al sector y con el nivel de facturación exigible con las firmas del núcleo industrial;
- centros de trabajo ubicados en España;
- presentación de un plan de recualificación para las personas trabajadoras afectadas.
Además, las empresas que se acojan al mecanismo se comprometen a no realizar despidos individuales ni colectivos, ni otros ajustes equivalentes por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, durante los dos años posteriores al final de la vigencia de las medidas, con las excepciones que marca la norma.
Qué impacto tiene para la automoción
La prórroga da continuidad a una herramienta que combina flexibilidad laboral y recualificación en un sector especialmente expuesto a la reestructuración industrial, a la transición hacia el vehículo eléctrico y a la reorganización de las cadenas de suministro. Para las fábricas, esto significa disponer de margen legal para ajustar producción y jornadas mientras se mantienen los programas formativos asociados al mecanismo.
En paralelo, el marco confirma que el mecanismo no es indefinido: el texto fija el 31 de diciembre de 2026 como fecha de finalización de la segunda prórroga, de modo que cualquier nueva ampliación exigiría un nuevo acuerdo del Consejo de Ministros dentro del límite legal vigente.